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I. 3. Motivos del recurso de casación
Por memorial de fs. 175 a 184, la parte demandante, interpuso recurso de casación en el fondo, manifestando:
1. Acusó errónea apreciación de la prueba de hecho, sobre los mensajes de correo electrónico cursantes de fs. 44 a 90 de obrados, mediante los cuales se demostraría la existencia de la relación laboral y no una simple consultoría como la señalada por el Tribunal Ad quem, basado en las pruebas de fs. 37 a 128; sin embargo, no se ha señalado qué prueba en concreto de ese legajo, habría llevado a la certeza de la inexistencia de la relación laboral; por lo que, existiría errónea valoración de la prueba señalas precedentemente, prueba que por el contrario acreditaría la existencia de relación laboral; así de la impresión de los mensajes de correos electrónicos:
De fs. 44, 46 y 49, se demostrarían la subordinación que ha existido entre el actor y la Empresa demandada, así como el control de la parte empleadora sobre el trabajo desarrollado, con lo que se desvirtuaría la posibilidad de consultoría; de igual manera con la documental de fs. 53 y 56, se ha demostrado la subordinación y los gastos cubiertos por la Empresa por concepto de pago de transporte, viáticos, materiales y otros a favor del actor, existiendo de esa manera dependencia dentro de la relación laboral
Por memorial de fs. 175 a 184, la parte demandante, interpuso recurso de casación en el fondo, manifestando:
1. Acusó errónea apreciación de la prueba de hecho, sobre los mensajes de correo electrónico cursantes de fs. 44 a 90 de obrados, mediante los cuales se demostraría la existencia de la relación laboral y no una simple consultoría como la señalada por el Tribunal Ad quem, basado en las pruebas de fs. 37 a 128; sin embargo, no se ha señalado qué prueba en concreto de ese legajo, habría llevado a la certeza de la inexistencia de la relación laboral; por lo que, existiría errónea valoración de la prueba señalas precedentemente, prueba que por el contrario acreditaría la existencia de relación laboral; así de la impresión de los mensajes de correos electrónicos:
De fs. 44, 46 y 49, se demostrarían la subordinación que ha existido entre el actor y la Empresa demandada, así como el control de la parte empleadora sobre el trabajo desarrollado, con lo que se desvirtuaría la posibilidad de consultoría; de igual manera con la documental de fs. 53 y 56, se ha demostrado la subordinación y los gastos cubiertos por la Empresa por concepto de pago de transporte, viáticos, materiales y otros a favor del actor, existiendo de esa manera dependencia dentro de la relación laboral
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación de fs
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- Por otra parte, conforme las literales de fs
- Asimismo, de fs
- A fs
- Asimismo, las literales de fs
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- Por los fundamentos legales expuestos, al amparo del art
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
- Conforme al contenido de los reclamos efectuados en el recurso de casación en el fondo;
- Derechos que además, distinguen entre sus características a la irrenunciabilidad; siendo nula cualquier convención o
- Asimismo, dada la evidente desproporción de fuerzas y condiciones, entre el empleador y el trabajador;
- Cabe señalar que, en materia laboral, rige el principio de la primacía de la realidad
- Es así, que bajo este principio, la autonomía de la voluntad carece de relevancia, prevaleciendo
- Una de las principales reformas a la administración de justicia, se produjo a través del
- Principio, que bajo el establecimiento de la nueva visión de justicia que propugna el Estado
- Por otra parte, corresponde referir, que dada la implicancia de los derechos tutelados en materia
- Asimismo, conforme al art
- Una vez respondida la demanda principal, se trabó la relación procesal y mediante Auto de
- Sobre el particular y tomando en consideración las pruebas y antecedentes del proceso, se puede
- Asimismo, se debe tener presente que conforme al art
- Por otra parte, a efectos de determinar en el caso que se analiza, si existió
- Sin embargo de lo expuesto, se debe tener presente que conforme al art
- Por otra parte, respecto a la relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al
- Por ello, se colige que la prestación de servicios se materializó bajo una relación obrero
- En virtud a este marco normativo, se colige que la labor de Auditor interno en
- Por lo señalado y considerando también el principio protector de la “primacía de la realidad”,
- Consiguientemente, queda demostrado y evidenciado que, el Tribunal ad quem incurrió en las infracciones acusadas,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
