Auto Supremo AS/0264/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Por los fundamentos legales expuestos, al amparo del art

6. Finalmente, señaló que se el Tribunal de Alzada, vulneró el principio de inversión de la prueba, prevista en los arts. 3. h), 66, 150 y 160 del CPT; puesto que la Empresa demandada tenía la obligación de desvirtuar con documentación idónea la existencia de una consultoría y la pretensión de la demanda; sin embargo, no habría presentado prueba alguna; asimismo, la Empresa demanda, tampoco ha cumplido con la conminatoria de fs. 136 en relación a la inversión de la prueba, sobre la presentación de documentos para acreditar la consultoría pretendida, violándose el principio de inversión de la prueba; pero además, la resolución recurrida, no habría tomado e inaplicado el principio de protección a favor de los trabajadores, previsto en los arts. 48. II de la CPE, 3. g) del CPT, y 4. a) del DS Nº 28699, pese a la existencia de documentos que demostrarían la existencia de la dependencia, subordinación, exclusividad, salario mensual, trabajo por cuenta ajena, elementos que conformarían la relación laboral.
Petitorio
Por los fundamentos legales expuestos, al amparo del art. 253. 1) y 3) del CPC, solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, casar el fallo recurrido de conformidad al art. 274. 4 del CPC, revocando en su totalidad el mismo, manteniendo firme y subsistente la Sentencia Nº 291/2014