Auto Supremo AS/0899/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0899/2016

Fecha: 27-Jul-2016

III.-DOCTRINA APLICABLE AL CASO

Asimismo responde al recurso del Concejo Municipal en el escrito de fs. 1959 a 1968 contesta al recurso de casación del Concejo Municipal alegando los demandados no han permitido que ejerza su posesión si en la gestión de 2008 se dictó la ordenanza Municipal Nº 3887/2008 de desafectación, resulta incongruente la postura del Concejo Municipal en sentido que inicialmente se allanó a la demanda y deslindando responsabilidad al Ejecutivo Municipal, asimismo señala que en relación a los vicios de procedimiento los mismos no han sido reclamados en forma oportuna el recurso no cumple con lo dispuesto en el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil. Por lo que solicita se declare
III.-DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- EXTENSIÓN DE LA NULIDAD PROCESAL