Auto Supremo AS/1072/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1072/2016

Fecha: 06-Sep-2016

III.1. Sobre el error esencial

III-.- DOCTRINA LEGAL APLLICABLE:
III.1. Sobre el error esencial:
El art. 519 del Código Civil preceptúa que “El contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes. No puede ser disuelto sino por consentimiento mutuo y por las causas autorizadas por ley”