Auto Supremo AS/1103/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2016

Fecha: 23-Sep-2016

Alega que si bien es cierto que el Ministerio Público tiene la obligación de supervigilar

Alega que si bien es cierto que el Ministerio Público tiene la obligación de supervigilar las fundaciones no puede participar de los procesos civiles y cita el art. 2 de la ley Nº 260 que no menciona la representación del Estado Plurinacional de Bolivia, refiere que la Ley Nº 064 en su art. 2 describe la finalidad de la Procuraduría general de Estado de defender los intereses del Estado, deduciendo la infracción a dichos cuerpos legales