Auto Supremo AS/1103/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2016

Fecha: 23-Sep-2016

Asimismo señala que no se ha observado la foja 476, que describe la calidad del

Asimismo señala que no se ha observado la foja 476, que describe la calidad del bien objeto de la usucapión, resulta ser propiedad privada, y los Ministerios no son propietarios sino parte de la Fundación y cita el art. 71 del Código Civil para señalar que la fundación tiene un patrimonio diferente de quienes lo conforman; asimismo acusa infracción del art. 86 del Código Civil, refiriendo que no debió considerarse el inmueble objeto de litis como un bien de dominio del Estado, porque la fundación tiene propia personalidad, asimismo refiere que se ha infringido los arts. 71, 52, 54 y 86 del Código Civil