Auto Supremo AS/1103/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2016

Fecha: 23-Sep-2016

De lo referido se concluye definitivamente que el Fiscal recurrido tiene competencia para ejercer vigilancia

De lo referido se concluye definitivamente que el Fiscal recurrido tiene competencia para ejercer vigilancia sobre la Fundación “Ramón Darío Gutiérrez Jiménez”, a la que representa el recurrente...”, el criterio descrito en la Sentencia respecto a la función del Ministerio Público de defender los intereses de la sociedad se mantiene en el art. 225 de la Constitución Política del Estado, que señala: “I. El Ministerio Público defenderá la legalidad y los intereses generales de la sociedad, y ejercerá la acción penal pública. El Ministerio Público tiene autonomía funcional, administrativa y financiera…” y en el art. 3 de la ley Nº 260 del Ministerio Público