Auto Supremo AS/0766/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

bronco aspiración es diferente al atragantamiento más aún se descarta esa especulación con un resto


7.El médico forense Freddy Torrejón con las pruebas MP3, MP5 y MP22, en audiencia expuso cómo fue victimada María Isabel Maydana, dice que en la bóveda craneana del cadáver se evidenció hematomas en ambos lados producidos por contusión de un objeto duro, que rompe arterias en superficie lisa o irregular, que primero fue golpeada en la cabeza produciendo TEC moderado, gritó la víctima, le tapó la boca, le comprimió la boca hasta asfixiarla, se subió en el cuerpo de la víctima en ambiente cerrado, por ello el hígado de la víctima presentaba equimosis por trauma externo. Por su parte, la Bioquímica Tania Sánchez Vedia concluye en la muestra MP12 no se detecta la presencia de alcohol, sustancia tóxica o plaguicidas descartando la muerte por sustancia tóxica. Por su parte, el perito de descargo Raúl Caballero cuestiona la pericia del IDIF especulando que un TEC moderado no mata, considera que la muerte por asfixia por sofocación es una muerte natural como consecuencia de la falla de auxilio oportuno, ante un síntoma que da este tipo de hemorragias. Al respecto, la consultora médica de la acusación particular Claudia Suazo aclara al Tribunal que la


bronco aspiración es diferente al atragantamiento más aún se descarta esa especulación con un resto de fideo por la equimosis presentada en el cuello de la occisa; por ello, no resulta válida su apreciación, más aún si no estaba presente en la autopsia el médico de apellido Caballero, cayendo en simple conjetura