Auto Supremo AS/0766/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

En cuanto a la invocación de la errónea aplicación de los arts




En cuanto a la invocación de la errónea aplicación de los arts. 37 y 38 del CP, referida a que para la imposición de la pena debe analizarse una serie de factores; dichas normas legales forman parte del capítulo II bajo el acápite de la aplicación de las penas del CP; en ese comprendido, respecto a la gravedad del hecho y otras situaciones invocadas, la sentencia en el apartado II bajo el título de voto de los miembros del tribunal, fundamentación fáctica probatoria descriptiva e intelectiva, concluyó que la conducta del acusado se subsumió en el art. 252 inc. 1) del CP, por haber dado muerte a su conyugue, por ello determinan la responsabilidad penal del acusado por el delito de Asesinato, por lo que esas circunstancias fueron según el Tribunal de Sentencia a lo que suman en el apartado III de la fundamentación jurídica y exposición de motivos doctrinales en la que subsumen la conducta del acusado, al art. 252 inc. 1) del CP. En la misma línea en el apartado IV, referido a la fundamentación en la que se resalta que en el caso penal presente, por las circunstancias en las que se habría privado la vida de la conyugue del acusado, no era posible aplicar atenuante alguna, concordando con dicho criterio el Tribunal de alzada, máxime si el delito que se analiza, no cuenta con una pena mínima ni máxima para aplicar la dosimetría penal, sino consigna una pena fija de treinta años sin derecho a indulto