Auto Supremo AS/0138/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

a) Denuncia la “Falta de Enunciación del Hecho Objeto del Juicio o su Determinación Circunstanciada


II.2. Del recurso de apelación restringida de la Gerencia Distrital de Impuestos Internos

a) Denuncia la “Falta de Enunciación del Hecho Objeto del Juicio o su Determinación Circunstanciada e Inexistencia de fundamentación, Insuficiente o Contradictoria en la Sentencia”, art. 370 incs. 3) y 5) del CPP; argumentando que la Sentencia, no ha contemplado todos los hechos planteados en la acusación particular ni fundamentado su determinación, siendo contradictoria entre la fundamentación y parte resolutiva, observa que al momento de realizar la subsunción de los hechos al derecho, teniendo la convicción de que la acusada hizo uso indebido de los medios, bienes y servicios públicos, no se pronunció al respecto, constituyendo una situación defectuosa por carecer de la debida motivación y fundamentación que vulnera el art. 124 del CPP, el principio de legalidad, el debido proceso y lo establecido en el art. 370 incs. 3) y 5) del CPP, por falta de enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada y no estar debidamente fundamentada además de contradictoria, porque la prueba aportada por la parte acusadora ha acreditado los hechos creando convicción plena del uso indebido de bienes y servicios del Servicio de Impuestos Nacionales por parte de la funcionaria. El Tribunal a quo, no aplicó correctamente la ley sustantiva, desarrollando una interpretación equivocada al no subsumir los hechos al delito de Concusión; asimismo, a pesar de haber adquirido plena convicción de que la conducta se adecua al uso indebido de bienes del Servicio de Impuestos Nacionales, tampoco subsumió estos hechos al tipo establecido en el art. 26 de la Ley 04, delito de la misma familia del tipo acusado