Auto Supremo AS/0138/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

La recurrente en el segundo motivo, acusa que el Tribunal de apelación a tiempo de


La recurrente en el segundo motivo, acusa que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el agravio fundado en la presunta existencia de defecto de sentencia previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP, en el punto III.2 del Auto de Vista impugnado, revalorizó la prueba testifical de Jhoseline Rodríguez, Giovanna Vilty y Domingo Rodríguez Caucota, concluyendo que la imputada obtuvo ilegítimamente de Lizeth Jhoseline Rodríguez Huanca, la suma de Bs. 50 (cincuenta bolivianos), anulando la Sentencia con apreciaciones subjetivas y nuevas, contrariando los principios de inmediación y concentración, contradiciendo los precedentes invocados de los Autos Supremos: 436 de 15 de octubre de 2005, 336 de 13 de junio de 2001, 251 de 22 de julio de 2005, 112 de 31 de enero de 2007, 331 de 16 de diciembre de 2013, además de los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 722 de 26 de noviembre de 2004 y 365 de 20 de octubre de 2004; por lo que, previamente corresponde describir la doctrina legal aplicable emergente de dichas resoluciones