Auto Supremo AS/0138/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

El Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005, estableció ser evidente la existencia


El Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005, estableció ser evidente la existencia de contradicción jurídica con referencia a que el Tribunal de alzada no se encuentra facultado para valorar la prueba, por no existir segunda instancia en el nuevo sistema procesal penal, formulando la doctrina legal aplicable siguiente: “Que, el Tribunal de Alzada no se encuentra legalmente facultado para valorar total o parcialmente la prueba; debiendo en consecuencia, circunscribir sus actos a los asuntos que fueron objeto de la apelación restringida; en caso, de no encontrar vicios en la sentencia o defectos absolutos durante el desarrollo del proceso penal, deberá declarar la improcedencia del recurso de apelación restringida, debidamente fundamentada; confirmando la sentencia apelada