Auto Supremo AS/0273/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2017

Fecha: 10-Mar-2017

X. ANÁLISIS Y RESOLUCION DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN


No se ha demostrado la inexistencia del peligro procesal detectado cual es la facilidad de salir del país. Lo que no establece la norma es la facilidad de volver al país, como hecho que demuestre la inexistencia del riesgo, lo cual fue aquilatado correctamente por la Sala Penal. Tampoco es valedero el argumento respecto a su salud.

IX. RESPUESTA DE LA PROCURADURIA A LAS APELACIONES DE SAMUEL JORGE DORIA MEDINA AUZA y DE FERNANDO ILLANES DE LA RIVA:

En el primer caso, dijo que el planteamiento de Samuel Doria Medina Auza, no justifica su solicitud.

Sobre la prueba ofrecida pidió que se tome en cuenta que son referentes jurisprudenciales y que se tome en cuenta puedan ser elementos de convicción.

En lo demás, pidió se tenga presente que algunos de los elementos probatorios, son impertinentes.

En cuanto al recurso de apelación de Fernando Illanes de la Riva, se adhirió a los fundamentos de la respuesta del MP.

Lamentablemente con relación a la apelación no se ha presentado ningún elemento probatorio.

Concluyó solicitando se declaren improcedentes los recursos planteados.

X. ANÁLISIS Y RESOLUCION DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN:

Conforme lo dispone el art. 398 del CPP, el tribunal de alzada debe circunscribir sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución apelada y, en ese ámbito se desarrollara la labor de este tribunal de apelación