Auto Supremo AS/0496/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2017-RRC

Fecha: 30-Jun-2017

ausentes los elementos constitutivos del tipo penal, no estando presente el dolo ni la culpabilidad,


3) Respecto del tercer motivo, acusa defecto de sentencia por errónea aplicación del art. 222 del CPP, conforme al defecto de Sentencia contenido en el art. 370 inc. 1) del CPP, referido al juicio de subsunción del hecho al tipo penal, pues en el caso no se acreditó que el imputado hubiera suscrito ningún contrato a título personal con el Estado, ni como titular de la misma, sino cumpliendo simplemente un mandato de Filder Carvajal Mendoza, Presidente del Directorio, siendo que fue detenido en la cárcel de esta ciudad a los días de haberse suscrito dicho “convenio”, retirándole el poder y toda potestad en representación de la Fundación, se tiene que el mismo no cumplió el contrato por causas legítimas; por tanto, están
ausentes los elementos constitutivos del tipo penal, no estando presente el dolo ni la culpabilidad, conforme se tiene dicho en el recurso, por ello corresponde su absolución