Auto Supremo AS/0496/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2017-RRC

Fecha: 30-Jun-2017

II.3. Decreto de observación de 26 de septiembre de 2016


IV)La Sentencia se basa en hechos no acreditados por valoración defectuosa de la prueba, art. 370 inc. 6) del CPP, porque no se demostró que su persona hubiera incumplido dicho contrato o convenio, dado que incluso el desembolso se hizo a favor de la Fundación y no a su persona y si bien su persona suscribió dicho documento; sin embargo, fue en base a un poder extendido por los mandantes y que fue revocado a los pocos días de haberse suscrito el Convenio.

II.3. Decreto de observación de 26 de septiembre de 2016