Auto Supremo AS/0595/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2017

Fecha: 14-Ago-2017

5


4.El 27 de mayo de 2008, el Juez de Instrucción en lo Penal, a quien correspondió ejercer el control jurisdiccional de la investigación, aceptó el inicio de la investigación formal; por tanto, de acuerdo al art. 300 del CPP (sin las modificaciones introducidas por la ley 007 de 18 de mayo de 2010), el plazo de duración de la etapa preliminar de la investigación tenía una duración de cinco días, ampliable de acuerdo a las modificaciones introducidas en la precitada Ley, a noventa días como máximo, cuando fuere dispuesta por el Fiscal que dirige la investigación y comunicada al Juez de Instrucción que ejerce el control jurisdiccional de la investigación, situación no acontecida en el caso de autos.

5.En ese marco legal, se tiene que la imputación formal data de 6 de octubre de 2008; es decir, que fue pronunciada cuatro meses y nueve días después de haberse iniciado el proceso, existiendo una demora procesal de un mes y nueve días, imputable exclusivamente al Ministerio Público