Auto Supremo AS/0595/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2017

Fecha: 14-Ago-2017

Del detalle precedentemente desarrollado, es posible advertir que las excepcionistas, al plantear sus memoriales y


Del detalle precedentemente desarrollado, es posible advertir que las excepcionistas, al plantear sus memoriales y solitudes verbales en audiencia de juicio oral, recusaciones, incidentes, excepciones, etc., incurrieron en un comportamiento obstruccionista y dilatorio, al interponer sistemáticamente varias problemáticas que ya anteriormente hubieron sido desestimadas por el Tribunal de origen tanto de Sucre como de Padilla; aspectos que, se enmarcan dentro de los actos dilatorios y que incidieron en la duración del proceso, al haberse hecho uso indiscriminado de recursos sin previsión alguna, que en definitiva se traducen en parámetros objetivos y verificables que impidieron la conclusión del proceso en el plazo de tres años previsto por la norma contenida en el art. 133 del CPP, debido a las dilaciones provocadas, entre otros, por las imputadas