Auto Supremo AS/0401/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Por otra parte, el recurrente invocó el Auto Supremo 223 de 21 de junio de


Siendo evidente la insuficiencia de prueba que llevó a la duda razonable al juzgador, causando error en la calificación del hecho imprudente como delito de lesiones gravísimas. Esta situación inadvertida por el Tribunal de Apelación a dado lugar a que no se aplique el artículo 413 in fine del Código de Procedimiento Penal. En el sub lite no es necesario la realización de un nuevo juicio, debiendo dictar nueva sentencia conforme la presente doctrina legal aplicable”.

En consideración a que el hecho que originó la emisión de la doctrina legal aplicable glosada precedentemente, se halla referido a una situación fáctica relativa a Lesiones Gravísimas, no es posible efectuar la labor de contraste con el Auto de Vista de impugnado, si se tiene en cuenta que la problemática planteada por el recurrente tiene que ver con una eventual errónea aplicación de la norma sustantiva prevista por el art. 198 del CP, cuyos elementos constitutivos difieren sustancialmente a aquel delito.
Por otra parte, el recurrente invocó el Auto Supremo 223 de 21 de junio de 2008, emitido en una causa seguida por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, que corresponde a una causa sometida a las normas contenidas en el abrogado Código de Procedimiento Penal de 1972, que prevé un sistema procesal distinto al vigente, motivo por el cual no corresponde su contrastación