Auto Supremo AS/1112/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1112/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En cuanto a la superficie adicional construida del cual se convino la cancelación de $us

En cuanto a la superficie adicional construida del cual se convino la cancelación de $us. 250.- por metro cuadrado, por lógica se advierte que dicho pago debe realizarse una vez concluida la vivienda y así determinar cabalmente cual es la superficie adicional, en ese sentido se tiene, que al momento de plantearse la demanda los actores solicitaron la resolución del contrato por imposibilidad sobreviniente, encontrándose entre sus argumentos que no podía terminarse la construcción de la vivienda por la intromisión de la parte contraria respecto al pago de material y mano de obra adicional -resuelto precedentemente-, y los demandados solicitan el cumplimiento del contrato porque igualmente advirtieron que la construcción no se encontraba concluida, por acta de inspección judicial a fs. 863 y vta., se tiene que el Juez A quo observó que la vivienda tipo “A” estaba construida y concluida, asimismo el informe pericial de fs. 885 a 906 determinó la superficie adicional construida, por cuanto teniendo ya los datos indicados, -recién- corresponde exigir el pago del precio por los metros cuadrados construidos en demasía respecto a lo convenido en el contrato de fecha 20 de agosto de 2008 de fs. 6 a 7 vta., por cuanto la disposición de que los demandados deben cancelar a los demandantes en el plazo de 10 días la suma de $us. 250 por metro cuadrado adicional es pertinente; una vez ejecutoriada la sentencia corresponderá el pago indicado