Auto Supremo AS/1112/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1112/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Respecto al recurso interpuesto por la co demandada Mayra Vidaure de Doria Medina quien alega,

Respecto al recurso interpuesto por la co demandada Mayra Vidaure de Doria Medina quien alega, que el cambio de calidad de algunos materiales en la construcción de la obra por parte de los demandados torna imposible el cumplimiento de la obligación, el tribunal Ad quem mantiene que en la demanda de fs. 26 confiesan que los cuatro ítems que se observan, consistentes en la cancelación del pago de forma directa por el material, la realización de molduras y mano de obra, material usado, costos de marmolería para mesones de baño, quincallería y cerámicas, los demandantes no acreditan con suficiencia haber erogado esos gasto adicionales y sobre todo la cuantía de los mismos, que tornen imposible el cumplimiento de la obligación, toda vez que ese hecho esta incluso permitido en el contrato de fs. 97 vta., en la cláusula 2.2. que posibilita el reajuste de los precios por metro cuadrado adicional construido, el contrato por la mayor reciprocidad de las contraprestaciones según el art. 417 del Código Civil permite al comprador efectuar ajustes, los cuales se obliga a cancelarlos si es en demasía, por cuanto no se constituye una prohibición absoluta de efectuar modificaciones y menos que sean causal de resolución de contrato atribuible al comprador, ello no incide en el costo de la obra como para entender que se sobrevaluó la construcción con cargo al vendedor