Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1112/2019
Fecha: 22-Oct-2019
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y otra
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CONSIDERANDO I
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Mantiene, cuando se señala que el objeto de la demanda reconvencional es establecer un plazo
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El Auto de Vista refiere que la fundamentación del juez es errónea cuando señala, que
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Respecto al recurso interpuesto por la co demandada Mayra Vidaure de Doria Medina quien alega,
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De la respuesta al recurso de apelación de José Luis Gutiérrez Sardan y Nancy Claure
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De la impugnación deducida por los recurrentes, se extrae lo siguiente
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2
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3
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4
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Recurso de casación de Mayra Vidaure Doria Medina
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Solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo o se case el Auto de
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Recurso de casación de Antonio Armando Encinas Orozco y Marinel Mérida Delgadillo
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a
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1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
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El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
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Dicho de otra forma, toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos,
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2. De la congruencia en las resoluciones judiciales
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El Código Civil respecto a la interpretación de los contratos señala: “ARTÍCULO 510
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El tratadista Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado, respecto de
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Se ha dado en la materia dos corrientes opuestas: la teoría subjetiva o de
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El art
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La investigación fundamental del intérprete, desde luego, ha de consistir en precisar la naturaleza jurídica
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El principio fundamental de la interpretación el “a tanto se obliga el hombre a cuanto
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La primera regla de la interpretación, no inserta el Código, pero que surge inequívoca de
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En cuanto a la interpretación por equidad el Código Civil indica: “ARTÍCULO 517
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Al respecto Carlos Morales Guillen en la misma obra complementa indicando: “La regla del
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El Auto Supremo Nº
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Si bien la ley determina la forma de los contratos y las condiciones legales que
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4. Del principio de buena fe contractual y procesal
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El Auto Supremo No
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La buena fe es un elemento subjetivo de suma importancia para las relaciones contractuales, en
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El Código Civil en el art
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En cuanto a la buena fe procesal el art
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Por su parte, la jurisprudencia constitucional respecto al principio de buena fe a través de
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CONSIDERANDO IV
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Recurso de casación de José Luis Gutiérrez Sardan y Nancy Claure de Gutiérrez
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En la forma
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Del estudio del recurso de casación se desprende que lo impugnado por los recurrentes contenido
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Para tener un panorama claro en cuanto a la argumentación jurídica a desplegarse y que
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Exponen, en el contrato se aclararon las condiciones y características de la vivienda tipo “A”
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Manifiestan que los demandados procedieron a modificar los planos originales de la vivienda denominada tipo
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Tramitado nuevamente el proceso, el Juzgado Público Civil Comercial Tercero de Sucre, dictó la Sentencia
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Radicado el proceso en la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca,
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Radicado nuevamente el proceso en el Juzgado Público Tercero en lo Civil – Comercial de
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De la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso tenemos, que el principio de
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Bajo el extenso antecedente expuesto, tenemos que los terceros interesados reclaman la transgresión del art
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De la aseveración de los terceros interesados, claramente se entiende que los mismos identifican como
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En el fondo
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Respecto al peritaje de fs
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Con el objeto de ordenar los argumentos vertidos en el presente Auto Supremo, previamente resolveremos
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Es fundamental precisar que el contrato es el acuerdo de partes que manifiestan su libre
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Las personas al momento de crear, modificar o extinguir una relación jurídica lo hacen de
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Respecto a la injerencia de la parte demandada en la ejecución de la construcción que
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El argumento de que la construcción de estos ítems encareció el valor de la construcción
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En obrados tenemos que a fs
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En cuanto a la superficie adicional construida del cual se convino la cancelación de $us
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Por lo señalado corresponde fallar conforme el art. 220. II del Código Procesal Civil
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En el fondo impugnan que el Auto de Vista determinó que la superficie adicional construida
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
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