Auto Supremo AS/0218/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2019-CT

Fecha: 22-Abr-2019

Corresponde también hacer notar en este punto que, el contribuyente en el parágrafo IV

Corresponde también hacer notar en este punto que, el contribuyente en el parágrafo IV.1) y en el petitorio de su demanda contenciosa tributaria de fs. 91 a 92 y vta., solicitó la reducción de sanciones conforme al art. 156 núm. 1 del CTB, siendo coherente con los fundamentos expuestos; asimismo, el SIN en la página 9 del Memorial de 12 de septiembre de 2007 (fs. 663 a 671 y vta. 4to Cuerpo), que responde la demanda contencioso tributaria, reconoció los pagos realizados después de iniciada la ejecución tributaria y antes de la notificación con las RS´s, señalando que serán tomados en cuenta al momento de liquidar la sanción