Auto Supremo AS/0218/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2019-CT

Fecha: 22-Abr-2019

Para el caso específico, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 174/2015-S3 de 6 de marzo, ha

Para el caso específico, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 174/2015-S3 de 6 de marzo, ha establecido: “Los argumentos jurídicos esgrimidos en el AS 016/2013, en lo que se refiere a que no se abre la competencia de la jurisdicción coactiva fiscal para conocer demandadas contencioso tributarias contra Autos emitidos en ejecución tributaria es correcta, por cuanto la naturaleza jurídica del Auto Administrativo DTJCC-GRACO-ACC-AUTO-02/08 que resolvió rechazar la dación en pago ofrecida es la respuesta o decisión de una forma o modalidad de oposición a la ejecución tributaria conforme está regulado en el art. 109.II.3) del CTB. Es decir, contra una decisión que da respuesta a cualesquiera de las formas de oposición a la ejecución tributaria (art. 109.II del CTB) no se abre la impugnación judicial a través de una demanda contencioso tributaria; toda vez que, la restitución de este proceso previsto en los art. 174 y 227 de la Ley 1340, establece cuáles son los actos administrativos impugnables mediante demanda contencioso tributaria, que son, contra actos que determinen tributos o sanciones…” (Resaltado añadido)