Auto Supremo AS/0218/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2019-CT

Fecha: 22-Abr-2019

Es importante aclarar que en materia tributaria, el tributo y la sanción son conceptos diferentes,

Es importante aclarar que en materia tributaria, el tributo y la sanción son conceptos diferentes, pues la norma tributaria tutela la efectividad del deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos; por el contrario, la norma reguladora de infracciones y sanciones tutela la observancia del respeto al derecho vigente; así, cuando se perfecciona cualquier hecho generador de obligaciones tributarias y el contribuyente hubiese presentando la DDJJ sin pagarla, concurre la contravención tributaria de omisión de pago; es decir, no se pagó la DDJJ que determinó deuda tributaria, entonces previo sumario contravencional, el contribuyente se encuentra compelido al pago de sanciones administrativas por esa conducta, las cuales pueden extinguirse o reducirse, según la oportunidad del pago de la deuda tributaria