Auto Supremo AS/0258/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

En atención a la naturaleza de las nulidades, se puede deducir que al no haberse


En atención a la naturaleza de las nulidades, se puede deducir que al no haberse observado de manera evidente lo reclamado por el recurrente, en relación a la falta de transcripción de las declaraciones testificales y del acusado, que a criterio de este Tribunal solamente constituye un aspecto formal, que no modifica de ninguna manera el fondo del litigio, máxime si se considera que el Tribunal de juicio efectivamente efectuó una descripción de las declaraciones al momento de efectuar la valoración intelectiva, subsanando la omisión existente en Acta de Juicio Oral, se han convalidado y subsanado los actos defectuosos del procedimiento, con ello las actuaciones realizadas durante el juicio oral, que no repercute en el ejercicio o afectación del derecho a la defensa, minimizando la trascendencia del defecto que se alega para poder aplicar una eventual nulidad