Auto Supremo AS/0258/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

Se dice que existiría defectuosa valoración de la prueba, la que es una facultad privativa


Se dice que existiría defectuosa valoración de la prueba, la que es una facultad privativa de quien sentencia. En el caso se alega una falta de valoración integral de la prueba, como obligación del Tribunal, considerando que dentro de la deductiva lógica ha de presentarse una serie de características para que una consecuencia sea efectivamente lógica: reflexividad, monotonía, transitividad, finitariedad y estructuralidad. El Tribunal a momento de resolver ha considerado la prueba incorporada en su integralidad, explicando de manera fundamentada las razones por las que otorgó valor probatorio a todos y cada uno de los medios probatorios incorporados a juicio, compulsando unos con otros a fin de establecer cómo sucedieron los hechos, explicando y verificándose que cada conclusión tiene su respaldo probatorio, no identificándose vulneración a la regla de la lógica, porque de manera clara y motivada se explica por qué el Tribunal arribó a considerar demostrados los hechos