Auto Supremo AS/0566/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Asimismo, debe tenerse presente que si bien los arts


Asimismo, debe tenerse presente que si bien los arts. 204 y siguientes del CPP, estiman que: “Se ordenará una pericia cuando para descubrir o valorar un elemento de prueba sean necesarios conocimientos especializados en alguna ciencia, arte o técnica” no debe considerarse que su sola existencia constituya una verdad absoluta no susceptible por una parte de contradicción y por otra de valoración crítica y racional por parte de la Autoridad jurisdiccional, ello en el orden del art. 173 del CPP. El procedimiento penal, en el sistema acusatorio, antepone el debate y la contradicción como motor al esclarecimiento de la verdad, más no se halla compuesto de condiciones estimativas tasadas de manera previa en norma