Auto Supremo AS/0566/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Sostuvo también que Carlos Hugo Justiniano Eklund era autor del delito previsto en el art


Sostuvo también que Carlos Hugo Justiniano Eklund era autor del delito previsto en el art. 261 del CP, dado que “al haber adecuado su comportamiento a lo previsto en el art. 15 inciso 2) del Código Penal, ya que este el día de los hechos, reviendo la posibilidad de un choque al ver acercarse el vehículo conducido por DRJ a gran velocidad por la avenida principal a la cual quería acceder y sin tomar en cuenta la considerable envergadura del vehículo que conducía, en la confianza de evitar su resultado…inobservando la disposiciones…establecidas en los arts. 19 inciso f), 20 inciso f), 64 y 96 del Código de Tránsito, 51, 146, 382 numeral 11) del Reglamento…haciendo una maniobra prohibida, cruza la Av. Banzer de oeste a este sin tener ni respetar la preferencia de paso que tenían los vehículos que se desplazaban de sur a norte sobre la avenida indicada, toda vez que en vez de dirigirse al acceso a la Av. Los Cusis que se une con la Av. Banzer en ese sector, hizo un giro en ‘U’ pretendiendo dirigirse de sud a norte por la indicada vía, impactando con la vagoneta…con placa de control XXX-000 que superaba los 100 km/h conducida [por un adolescente en estado de ebriedad] produciendo como consecuencia de este hecho el fallecimiento [de una persona y lesiones gravísimas en otras dos] sin embargo de un análisis de lo previsto en el art. 210 del CP, se puede establecer de que su accionar no se circunscribe en el mismo, ya que estas inobservancias…no fueron dolosas, sino fruto de la impericia y confianza excesiva del conductor, pues pretendió en un simple giro colocar un vehículo de más de una tonelada en el carril extremo izquierdo de la ruta sud norte de la Av. Banzer…sin prever que iba a invadir mas carriles, no poniendo este comportamiento en peligro la seguridad común de la sociedad, sino que solo involucró a los circunstanciales involucrados en el hecho” (sic)