Auto Supremo AS/0218/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2020-RRC

Fecha: 28-Feb-2020

Ahora bien, acudiendo al contenido del Auto de Vista impugnado, se constata

Ahora bien, acudiendo al contenido del Auto de Vista impugnado, se constata que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró improcedente el recurso de apelación restringida y dentro de ella la apelación incidental interpuesta por ambos imputados, confirmando la sentencia y la resolución apelada, refiriendo en la primera parte en cuanto a los recursos de apelación incidental, que los imputados formularon incidentes solicitando la extinción de la acción penal por prescripción, defecto absoluto respecto a la declaración de Manfred Reyes Villa, excepción de falta de acción porque no fue legalmente promovida, defecto absoluto de que no se habría notificado con las acusaciones, radicatoria y el auto de apertura de juicio oral de manera personal en el domicilio real del imputado Manfred Armando Antonio Reyes Villa, inobservancia del debido proceso respecto a la garantía del Juez Natural, incidente de la retroactividad de la Ley, defecto absoluto respecto de la rebeldía de 2011 y defecto absoluto respecto a la falta de defensor de oficio, resueltos en la sentencia dictada el 17 de abril de 2013, para luego destacar que el Tribunal de Sentencia efectuó una relación pormenorizada, fundamentada y motivada de cada uno de los incidentes planteados en audiencia de Juicio Oral, sustentado cada uno de los argumentos jurídicos especificados para cada uno de los incidentes y habiendo dado cumplimiento a la misma en previsión al art. 124 del CPP, correspondiendo confirmar dicha Resolución emanada por los incidentes