Auto Supremo AS/0276/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2020

Fecha: 13-Jul-2020

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4. En relación a la errónea interpretación del art. 549.1 del Código Civil, debido a que no existiría el objeto en el contrato de venta para el comprador, el cual consistiría en que el pago del precio nunca ocurrió, conforme a las confesiones judiciales. Además, que las escrituras públicas afectarían la legítima del demandado e irían contra lo establecido por el art. 1059