Auto Supremo AS/0276/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2020

Fecha: 13-Jul-2020

Es pertinente remitirnos a los fundamentos ya desarrollados en el punto 4

En lo que concierne a esta acusación corresponde remitimos a lo ya establecido en el punto 4 y 5 que antecede.
9. Respecto a la acusación de que nunca existió contrato sinalagmático, porque no hubo objeto de compra venta.
Es pertinente remitirnos a los fundamentos ya desarrollados en el punto 4