Auto Supremo AS/0399/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020

Fecha: 30-Sep-2020

En este punto previamente, corresponde señalar que los documentos de fs

En este punto previamente, corresponde señalar que los documentos de fs. 354 a 355, son de fecha 06 de julio de 1990 y 11 de julio de 1983, los mismos cursan en fotocopias simples, y al no adecuarse a lo establecido por el art. 1311 del Código Civil, estos no pueden ser considerados dentro el proceso, máxime si la autoridad judicial solicitó a la parte demandante presentar el mismo en original, aspecto que no ocurrió; además que la parte demandada los tachó de falsos, por lo cual la prueba tampoco puede llegar a ser convalidada