Auto Supremo AS/0399/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020

Fecha: 30-Sep-2020

Respecto a la existencia de requisitos, corresponde señalar que el demandado presentó demanda reconvencional de

Respecto a la existencia de requisitos, corresponde señalar que el demandado presentó demanda reconvencional de usucapión decenal en ese entendido corresponde señalar que, la usucapión sólo es posible respecto de bienes que se encuentran registrados a nombre de un anterior propietario contra quien se pretende opere el efecto extintivo de la usucapión, por ello para que ese efecto se produzca de forma válida y eficaz, es indispensable que el actor dirija la demanda contra quien figure en el Registro de Derechos Reales, como titular del derecho propietario del bien inmueble que se pretende usucapir, sólo así la sentencia que declare la usucapión producirá válidamente ese doble efecto, en el presente caso se observa que el derecho propietario se encuentra registrado a nombre de Lourdes Luz Romero Pimentel, (matrícula computarizada de fs. 6 a 8) que es contra quien se planteó la demanda de usucapión decenal