Auto Supremo AS/0399/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020

Fecha: 30-Sep-2020

Por lo descrito se establece que el juez tiene la facultad de aplicar el principio

Por lo descrito se establece que el juez tiene la facultad de aplicar el principio iura novit curia y subsumir de acuerdo a la normativa aplicable para cada caso, pues es necesario que la autoridad judicial resuelva el fondo del conflicto, sin embargo, en el presente caso se observa que desde inicio de la tramitación el proceso se desarrolló como usucapión decenal o extraordinaria, así lo establece el Auto de admisión de 26 de enero de 2018, a fs. 507. Observándose en consecuencia, una falta de solidez en los argumentos de la parte demandante debido a que presenta reclamos que no tienen fundamento y solo pretende que las autoridades judiciales incurran en error. Por lo que el reclamo es infundado