Auto Supremo AS/0399/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020

Fecha: 30-Sep-2020

Otro requisito es la procedencia de la posesión para lo cual es necesario entre otros

Otro requisito es la procedencia de la posesión para lo cual es necesario entre otros la existencia de dos elementos constitutivos, uno objetivo, el otro subjetivo: a) el corpus possessionis, es decir, el poder de hecho del sujeto sobre la cosa, el elemento material de la posesión, b) el ánimus possidendi o intención de actuar por su propia cuenta o de alegar para sí un derecho real sobre la cosa. Al respecto en el presente caso se puede observar que José Soliz y ahora como heredero Jorge Freddy Soliz Terrazas, tiene la posesión física del inmueble, y en su momento el padre del ahora demandado actuó como verdadero propietario, realizando las conexiones de los servicios de agua, energía eléctrica, teléfono y realizó mejoras dentro el inmueble, conforme acredita el acta de inspección judicial (569 y vta.), donde se estableció que existe dos construcciones una de adobe que data de hace más de 20 o 30 años atrás, y la otra de ladrillo y cemento, revocado, pintado y con piso de cerámica. De igual forma en esa audiencia se señaló que, en esos ambientes vivió José Soliz padre del ahora demandado