Sentencia Rol 5018 - 2018
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 5018 - 2018

Fecha: 25-Jun-2020

0000113 CIENTO TRECE 2 Las multas y amonestaciones establecidas en el presente decreto ley se aplicarán mediante resolución administrativa, con el solo mérito de los antecedentes que las justifiquen, debiéndose, siempre que ello sea posible, oír al afectado

0000113 CIENTO TRECE 2 Las multas y amonestaciones establecidas en el presente decreto ley se aplicarán mediante resolución administrativa, con el solo mérito de los antecedentes que las justifiquen, debiéndose, siempre que ello sea posible, oír al afectado. - Artículo 79, inciso final: Será requisito previo para la interposición del recurso que el afectado deposite, cuando corresponda el 50% del importe de la multa, mediante vale vista tomado a la orden del Ministerio del Interior. - Artículo 74, inciso final: La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con multas de 1 a 50 sueldos vitales por cada infracción. Antecedentes y síntesis de la gestión pendiente Explica el requirente que, por resolución exenta N° 50845, de 21 de febrero de 2019, el Departamento de Extranjería y Migración le cursó una multa de 401,04 Ingresos Mínimos No Remuneracionales, equivalentes a $74.504.412, sobre la base de la supuesta infracción al Reglamento de Extranjería, al haber dado trabajo a los extranjeros del plantel de fútbol profesional argentino Estudiantes de La Plata sin contar con las autorizaciones respectivas. Agrega la actora que la participación de los jugadores del equipo extranjero ocurrió en el marco de la denominada “Noche Alba”, en que el equipo Colo-Colo disputa un partido amistoso generalmente con un club extranjero invitado. Así, los jugadores extranjeros no estuvieron más de 36 horas en territorio nacional y, por expresa disposición de la normativa deportiva, no pueden ni podían contar con un contrato de trabajo con la sociedad Blanco y Negro S.A., puesto su relación contractual es con el equipo argentino. En esas circunstancias, Blanco y Negro recurrió de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, por estimar ilegal y arbitraria la resolución sancionatoria de Extranjería. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal En cuanto al conflicto constitucional que se plantea ante esta Magistratura, en primer término, la actora señala que la aplicación del artículo artículos 79, incisos primero y final, del DL, en cuanto disponen que las multas establecidas en el presente Decreto Ley se aplicarán mediante resolución administrativa, con el solo mérito de los antecedentes que las justifiquen, debiéndose, siempre que ello sea posible, oír al afectado; y que para interponer recurso de reconsideración ante el Intendente Regional, será requisito previo que el afectado deposite el 50% de la multa, mediante vale vista tomado a la orden del Ministerio del Interior, vulneran las garantías mínimas del debido proceso y afectan el principio de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad de la actora, dando por vulnerado así el artículo 19 constitucional en sus numerales 2, 3, 24 y 26.