Sentencia Rol 2489 - 13
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 2489 - 13

Fecha: 10-Sep-2020

0000853 OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES DISIDENCIAS Acordada con el voto en contra de los Ministros GONZALO GARCÍA PINO, NELSON POZO SILVA y señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento, por las siguientes razones: I

0000853 OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES DISIDENCIAS Acordada con el voto en contra de los Ministros GONZALO GARCÍA PINO, NELSON POZO SILVA y señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento, por las siguientes razones: I.- MÉTODO DE COMPRENDER EL CONFLICTO CONSTITUCIONAL 1°. Que como destacó el profesor de la Universidad de Trieste Mauro Barberis: “El nuevo constitucionalismo representa las tendencias predominantes en el derecho globalizado; la democracia constitucional, los principales vínculos que se ha dado hoy la política occidental; y el pluralismo de los valores, la representación más atendible del universo ético típico de las contemporáneas sociedades abiertas” (El Estado Constitucional, Ed. Zela, Perú, Julio 2019, p. 73). En otros términos, los valores éticos de la dignidad humana, la libertad y la solidaridad, consagrados en sendas declaraciones de los derechos e invocados sistemáticamente por los jueces constitucionales y los jueces ordinarios, irradian a todo el ordenamiento jurídico. Es tal lo aseverado, que en el caso concreto cuya gestión pendiente radica en sendos recurso de casación en la forma y apelación, concedida en el sólo efecto devolutivo, deducidos en contra de la sentencia definitiva, y un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia interlocutoria que resuelve objeción de liquidación, causas acumuladas con autos en relación, se impugna la constitucionalidad por el pago de intereses penales por la mora en la cancelación de derechos municipales provenientes de un Contrato de Mantención de Refugios Peatonales y Paletas Publicitarias Municipales celebrado entre las partes el 1° de febrero de 2011, instrumento por el cual la Municipalidad concesionó al requirente el servicio de mantención y reparación de los refugios peatonales de locomoción colectiva y de las paletas existentes en la comuna, estableciéndose diversas obligaciones que debía cumplir el concesionario JCDECAUX, dentro de las cuales se obligaba pagar - por concepto de derechos municipales de exhibición de publicidad - 30 UTM mensuales, discutiéndose en el libelo de interposición de la inaplicabilidad la fundamentación de la mora - al decir de la requirente - por hechos y circunstancias imputables a la Municipalidad, derivados de “sucesivos cambios de parecer -discrecionales y carentes de fundamento jurídico- “, correspondientes a la errónea interpretación contractual sobre la aplicabilidad de la ordenanza municipal correspondiente sobre la aplicación del valor de 36 UTM mt2, lo que explicaría el retardo en el pago de las obligaciones y cuya errónea interpretación ha sido impugnada en todas las instancias que la requirente ha tenido a su alcance; 16