Sentencia Rol 2489 - 13
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 2489 - 13

Fecha: 10-Sep-2020

0000867 OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE inaplicabilidades de esta preceptiva, ha señalado que “el Código Tributario debió distinguir entre los deudores que retrasan inmotivadamente el pago de los impuestos, de aquellos que lo difieren por efecto natural de controvertir las razones en las que reposa un acto administrativo de liquidación

0000867 OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE inaplicabilidades de esta preceptiva, ha señalado que “el Código Tributario debió distinguir entre los deudores que retrasan inmotivadamente el pago de los impuestos, de aquellos que lo difieren por efecto natural de controvertir las razones en las que reposa un acto administrativo de liquidación. Mientras que puede ser razonable aplicarles a los primeros una tasa como esa, por encontrarse en mora sin justificación, respecto a los segundos no lo es” (Rol N° 3440, cons. 5°), cuestión que es plenamente predicable respecto de derechos municipales y que no puede ser omitida, al permitir la configuración de un verdadero castigo pecuniario por el legítimo ejercicio del derecho a la acción y a la impugnación de actos administrativos en materia tributaria. 4°. En efecto, lo razonado precedentemente se ve reforzado por lo razonado en otra sentencia estimatoria de inaplicabilidad recaída en el mismo precepto, en la que uno de los elementos de juicio fue constatar que “la deuda que se intenta cobrar tiene su génesis en fecha remota, motivo por el cual se acumularon al capital adeudado, los altos intereses moratorios de que se trata en este caso. En ello no ha incidido la mera voluntad o desidia de la requirente, sino que se aprecia una demora tanto en el plano administrativo como jurisdiccional. Se trata de una diferencia impositiva vinculada al año comercial 2009 y que recién fue administrativamente liquidada pasada la mitad del año 2013. Deducida la reclamación por la requirente, recién se dictó el fallo por el Tribunal Tributario, casi cinco años después” (Rol N° 7864, cons. 7°), en un caso en el cual la reclamación tributaria fue acogida parcialmente, pero producto de la demora en la tramitación y fallo de la reclamación los intereses devengados eran un monto mayor que aquel rebajado por la sentencia, a pesar de que el contribuyente tenía razón en derecho. 5°. En el caso concreto, se constata que los derechos municipales que motivan la litis se generan por un Contrato de Mantención de Refugios Peatonales y Paletas Publicitarias Municipales celebrado entre las partes el 1° de febrero de 2011, por el cual la Municipalidad concesionó al requirente el servicio de mantención y reparación de los refugios peatonales de locomoción colectiva y de las paletas existentes en la comuna, con derecho de exhibición de publicidad, estableciéndose diversas obligaciones que debía cumplir el concesionario JCDECAUX, dentro de las cuales se obligaba pagar derechos municipales por dicha publicidad. 6°. Es decir, frente al distingo del que se formula en el cons. 5° de la sentencia Rol N° 3440, transcrito en el razonamiento 3° del presente voto, se concluye que no se está en la primera de las situaciones, que sería la de haber realizado el pago por el monto que estimaba era su deber, incluso por consignación si había negativa a recibirlo, derivando de ello algún conflicto con el municipio en cuanto a diferencias en dicho monto o algún elemento de la base de cálculo de los mismos. En efecto, lo que se observa es una negativa a todo evento a pagar los derechos municipales al órgano representativo de la comunidad, por el uso de bienes nacionales de uso público situados en la comuna, derechos que son manifestación del deber de contribuir. 7°. De igual forma, en la gestión pendiente se está en presencia de un juicio ejecutivo de competencia de los tribunales civiles, iniciado el año 2019, y no en un 30