Sentencia Rol 3853 - 17
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 3853 - 17

Fecha: 28-Jul-2021

0000234 DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9792-2020 [28 de julio de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 1°, INCISO TERCERO, Y 485, DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAJA EN EL PROCESO RIT T-5-2020, RUC 20-4-0296445-7, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LAJA VISTOS: Con fecha 21 de noviembre de 2020, la Ilustre Municipalidad de Laja, representada convencionalmente por Carlos Álvarez Cid, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1°, inciso tercero, y 485 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Silva con Ilustre Municipalidad de Laja”, sobre denuncia por vulneración de derechos laborales, RUC 20-4-0296445-7, Rol T-5-2020, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Laja

0000234 DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9792-2020 [28 de julio de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 1°, INCISO TERCERO, Y 485, DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAJA EN EL PROCESO RIT T-5-2020, RUC 20-4-0296445-7, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LAJA VISTOS: Con fecha 21 de noviembre de 2020, la Ilustre Municipalidad de Laja, representada convencionalmente por Carlos Álvarez Cid, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1°, inciso tercero, y 485 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Silva con Ilustre Municipalidad de Laja”, sobre denuncia por vulneración de derechos laborales, RUC 20-4-0296445-7, Rol T-5-2020, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Laja. Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los preceptos impugnados dispone: “Código del Trabajo Artículo 1.- Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores se regularán por este Código y por sus leyes complementarias. 1