[19]
Ahora bien, como se anotó, la medicina prepagada es una de las modalidades del PAS, definida[19] como el sistema organizado y establecido por parte de entidades autorizadas, cuyo objeto es la gestión de la atención médica y la prestación de los servicios de salud y/o la atención directa o indirecta de esos servicios, incluidos en un plan de salud preestablecido, mediante el cobro de un precio regular previamente acordado y que, de conformidad con la jurisprudencia constitucional, se rige por dos supuestos fundamentales: “(1) El ejercicio del derecho a la libertad económica y a la iniciativa privada dentro del marco constitucional y legal; y (2) la prestación del servicio público de salud[20], lo cual exige la intervención, vigilancia y control del Estado, a través de la Superintendencia Nacional de Salud, para precisar sus fines, alcances y límites[21].”[22]
- CONTRATO DE MEDICINA PREPAGADA-
- CONTROVERSIAS EN RELACIONES CONTRACTUALES ENTRE EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA Y SUS USUARIOS-
- PRINCIPIO DE LA BUENA FE-
- 1. Demanda
- i.)
- 3. Contestación de la demanda
- 4.1. Aportadas por el demandante
- 4.2. Aportadas por la entidad demandada
- 5.1. Primera instancia
- 5.2. Segunda instancia
- 1. Competencia
- [2]
- [3]
- [4]
- [5]
- [6]
- [7]
- [8]
- [10]
- 4. Procedencia de la tutela contra entidades de medicina prepagada. Reiteración de jurisprudencia
- [11]
- [12]
- [14]
- [16]
- [18]
- [19]
- [23]
- [24]
- [25]
- [28]
- [29]
- [30]
- [31]
- [32]
- [33]
- [35]
- 8. Caso Concreto
- [36]
- [37]
- PRIMERO.- REVOCAR
