Sentencia T-660/06
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-660/06

Fecha: 10-Ago-2006

[19]

Ahora bien, como se anotó, la medicina prepagada es una de las modalidades del PAS, definida[19] como el sistema organizado y establecido por parte de entidades autorizadas, cuyo objeto es la gestión de la atención médica y la prestación de los servicios de salud y/o la atención directa o indirecta de esos servicios, incluidos en un plan de salud preestablecido, mediante el cobro de un precio regular previamente acordado y que, de conformidad con la jurisprudencia constitucional, se rige por dos supuestos fundamentales: (1) El ejercicio del derecho a la libertad económica y a la iniciativa privada dentro del marco constitucional y legal; y (2) la prestación del servicio público de salud[20], lo cual exige la intervención, vigilancia y control del Estado, a través de la Superintendencia Nacional de Salud, para precisar sus fines, alcances y límites[21].”[22]