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    Sentencia T-660/06
    Corte Constitucional de Colombia

    Sentencia T-660/06

    Fecha: 10-Ago-2006

    [7]

    “ Se trata entonces de derechos que tienen un contenido esencial de aplicación inmediata que limita la discrecionalidad de los órganos políticos y que cuenta con un mecanismo judicial reforzado para su protección: la acción de tutela. La razón que justifica la aplicación preferente del principio democrático a la hora de adscribir derechos prestacionales, resulta impertinente en tratándose de derechos fundamentales de los menores”.[7]

    • CONTRATO DE MEDICINA PREPAGADA-
    • CONTROVERSIAS EN RELACIONES CONTRACTUALES ENTRE EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA Y SUS USUARIOS-
    • PRINCIPIO DE LA BUENA FE-
    • 1.      Demanda
    • i.)
    • 3.       Contestación de la demanda
    • 4.1.   Aportadas por el demandante
    • 4.2.   Aportadas por la entidad demandada
    • 5.1.   Primera instancia
    • 5.2.   Segunda instancia
    • 1.      Competencia
    • [2]
    • [3]
    • [4]
    • [5]
    • [6]
    • [7]
    • [8]
    • [10]
    • 4.      Procedencia de la tutela contra entidades de medicina prepagada. Reiteración de jurisprudencia
    • [11]
    • [12]
    • [14]
    • [16]
    • [18]
    • [19]
    • [23]
    • [24]
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    • [28]
    • [29]
    • [30]
    • [31]
    • [32]
    • [33]
    • [35]
    • 8.      Caso Concreto
    • [36]
    • [37]
    • PRIMERO.- REVOCAR

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