ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 111/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LAURA PATRICIA ROMÁN SILVA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 111/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LAURA PATRICIA ROMÁN SILVA.

Fecha: 27-Ene-2023

Vi Estudio De Fondo

VI.1 Problema jurídico I. Requisito de ser mexicano "por nacimiento" para acceder al cargo de Magistrado del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California

28. Como se precisó en la síntesis de conceptos de invalidez expuesta en el apartado correspondiente de esta resolución, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugna el artículo 8, fracción I, de la Ley del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California, en relación con el contenido normativo que el legislador le asignó al remitir al artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, de cuya fracción I resulta que se exige como requisito para ser Magistrado de dicho Tribunal Contencioso Administrativo ser ciudadano mexicano "por nacimiento".

29. La accionante argumenta que dicho requisito es inconstitucional, medularmente, porque estima que el legislador local no tenía competencia para establecerlo, ya que, de conformidad con el artículo 32 constitucional, la reserva de determinados cargos en el servicio público sólo para mexicanos por nacimiento se constriñe únicamente a los previstos en la propia Constitución y a los que establezcan las leyes del Congreso de la Unión, lo que excluye la posibilidad de que las Legislaturas de los Estados dispongan cargos con tal reserva en el servicio público local.