AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1707/2002.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1707/2002.

Fecha: 02-Oct-2001

En Sus Conceptos De Violación Al Respecto El Quejoso Argumentó Lo Siguiente

"Además, el artículo 101 del Código Fiscal de la Federación viola lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo tercero y 4o. de la Constitución General de la República que, en esencia, establecen el principio de igualdad legal, pues otras personas que sí cometieron delitos (no como el suscrito que considera debió ser absuelto) sí tiene derecho a la sustitución y a la conmutación de las penas, simplemente porque no estuvieron relacionados con delitos fiscales. Se insiste: el derecho penal no puede ser un destructor de vidas individuales, familiares y aun de formas de subsistencia en colectividad, razón por la que es procedente el presente concepto de violación en que se impugna la inconstitucionalidad del artículo 101 del Código Fiscal de la Federación."