AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1707/2002.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1707/2002.

Fecha: 02-Oct-2001

Primerose Confirma La Sentencia Recurrida

SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ..., contra la autoridad y por el acto precisados en el resultando primero de este fallo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo (ponente), Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Juan N. Silva Meza. Ausente el Ministro Humberto Román Palacios.