Gas Natural Para Combustión Automotriz
De todo lo anterior se sigue que sólo los causantes antes mencionados, gozarán del beneficio del acreditamiento del impuesto y, los demás contribuyentes que no fueron señalados, así como los que se encuentren exentos, tampoco gozarán de este tratamiento.
- Considerando
- Página
- Quinto Los Agravios Son Fundados
- El Dogmatismo Señalado Se Presenta Porque
- J Y Conforme A Todo Ello La Sala Concluyó
- Del Expediente Del Juicio Fiscal Natural Se Desprende Lo Siguiente
- Precepto Vigente A Partir Del Primero De Enero De A La Fecha
- Reformado Dof De Diciembre De
- B Por Otro Interpretar Lo Establecido En La Disposición De Observancia General Controvertida
- Bebidas Refrescantes Con Una Graduación Alcohólica De Hasta Grados En Escala De Gay Lussac
- Gas Natural Para Combustión Automotriz
- De Todo Lo Anterior Se Pueden Formular Ahora Las Siguientes Conclusiones
- El Razonamiento Anterior Es Manifiestamente Inoperante Conforme A Lo Siguiente
- Reformado Primer Párrafo Dof De Junio De
- Reformado Dof De Febrero De
- Sujetos Exentos De Pago De Un Impuesto Indirecto Y
- Sujetos Causantes Del Impuesto Que No Realizan Actos O Actividades Exentos
- Del Enriquecimiento Ilegítimo
- Capítulo I
- La Ausencia De La Deuda Se Presenta De La Siguiente Forma
- Reformado Primer Párrafo Dof De Diciembre De
- Adicionado Dof De Diciembre De
- A Que Las Autoridades Fiscales En Carácter De Accipiens Están Obligadas A Devolver
- C La Devolución De Cantidades Puede Hacerse
- Li El Contribuyente Presenta Declaración Con Saldo A Favor
- Los Anteriores Argumentos Son Infundados De Conformidad Con Lo Siguiente
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
