AMPARO DIRECTO 244/2007. BÁRBARA JOAN COOPERMAN.
Fecha: 05-Jun-1964
D Que Se Haga Conforme A Las Formalidades De La Ley
En este sentido, puede decirse que la prueba confesional tiende a recoger confesiones expresas del absolvente, relacionadas con hechos que pudieran beneficiar al oferente de la prueba; de ahí la necesidad que dicho medio probatorio sea desahogado por persona capaz de obligarse, respecto de hechos propios y sin que medie coacción o violencia.
De lo anterior se permite válidamente concluir que fue correcta y acertada la valoración de la prueba confesional a cargo de los demandados en lo principal, que realizó la Sala señalada como responsable.
Apoya la anterior consideración, en lo conducente, el criterio sustentado por la extinta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis aislada consultable en: Séptima Época. Instancia: Tercera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Volumen: 49, Cuarta Parte. Página: 15, con el rubro y texto siguientes:
"CONFESIÓN HECHA EN LA CONTESTACIÓN, PRUEBA PLENA DE LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ). La confesión judicial del reo hecha en la contestación a la demanda admitiendo los hechos afirmados por el actor, tiene plena eficacia, según el artículo 320 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz.
"Amparo directo 1826/72. Luis Rangel Govea y Abad Osorio del Ángel. 26 de enero de 1973. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
"Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro ‘CONFESIÓN HECHA EN LA CONTESTACIÓN, PRUEBA PLENA DE LA (VERACRUZ).’
- Considerando
- B Cuando Concurren Al Proceso Terceros Que Reúnen Los Requisitos Indicados
- Octava Época
- Sexta Época
- Apéndice Tomo Iv Primera Parte Página Tercera Sala Tesis
- Tribunal Colegiado Del Séptimo Circuito
- Informe Tercera Parte Tribunales Colegiados De Circuito Tesis Página
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Séptimo Circuito
- Amparo Directo Humberto Castillo Guillén De Enero De Unanimidad De Votos
- Apéndice Tesis Pág
- Nota En Igual Sentido Se Emitieron Las Tesis De Jurisprudencia
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito
- Séptima Época Cuarta Parte
- Sexta Época Cuarta Parte
- Por Su Parte La Confesión Ficta Puede Producirse En Dos Supuestos Distintos
- B Que Se Haga Con Pleno Conocimiento Y Sin Coacción Ni Violencia
- D Que Se Haga Conforme A Las Formalidades De La Ley
- Genealogía Informe Segunda Parte Tercera Sala Página
- Perito De La Parte Demandada
- Materias Común Cuyos Rubro Y Texto Son
- Informe Segunda Parte Tercera Sala Tesis Página
- Ii Que Sea Hecha Con Pleno Conocimiento Y Sin Coacción Ni Violencia
- Iv Que Se Haga Conforme A Las Formalidades De La Ley
- Quinta Época
- Apéndice Tomo Iv Primera Parte Página Segunda Sala Tesis
- Segundo Tribunal Colegiado Del Segundo Circuito
- Apéndice Tesis Pg
- Amparo Directo Flora Sánchez Fuente De Mayo De Unanimidad De Votos
- Amparo Directo Rafaela Iturbe Camela De Abril De Unanimidad De Votos
- Primer Tribunal Colegiado Del Noveno Circuito
- Sexto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito
- Séptima Época Volúmenes Cuarta Parte Página