AMPARO DIRECTO 244/2007. BÁRBARA JOAN COOPERMAN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 244/2007. BÁRBARA JOAN COOPERMAN.

Fecha: 05-Jun-1964

Segundo Tribunal Colegiado Del Segundo Circuito

"Amparo directo 40/94. Alberto Rocandio Cruz y otros. 9 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Joel A. Sierra Palacios."

Asimismo, apoya a la anterior consideración el criterio de jurisprudencia emitido por la extinta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consultable en: Sexta Época. Instancia: Tercera Sala. Fuente: Apéndice de 1995. Tomo IV, Parte SCJN. Tesis: 21. Página: 15, cuyos rubro y texto son:

"ACCIÓN REIVINDICATORIA. SUS ELEMENTOS. La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa de la cual tiene la propiedad y su efecto es declarar que el actor tiene dominio sobre ella y se la entregue el demandado con sus frutos y accesiones. Así, quien la ejercita debe acreditar: a). La propiedad de la cosa que reclama; b). La posesión por el demandado de la cosa perseguida y c). La identidad de la misma, o sea que no pueda dudarse cuál es la cosa que pretende reivindicar y a la que se refieren los documentos fundatorios de la acción, precisando situación, superficie y linderos, hechos que demostrará por cualquiera de los medios de prueba reconocidos por la ley.