AMPARO DIRECTO 471/2000. ENRIQUE GONZÁLEZ REYES Y OTRA.
Fecha: 10-Feb-1993
Volumen Lxvii Pág Ad Fernando Ortiz Trinker Cinco Votos
"Asimismo, para una mayor ilustración de este acto arbitrario, es de transcribir lo que expresan los referidos artículos 283, 389 y 599:
"‘Artículo 283. La confesión puede ser expresa o tácita; expresa, la que se hace clara y distintamente, ya al formular o contestar la demanda, ya absolviendo posiciones ...’
"‘Artículo 389. Los hechos propios de las partes aseverados en la demanda, en la contestación o en cualquier otro acto del juicio, harán prueba plena en contra de quien los asevere, sin necesidad de ofrecerlos como prueba.’
"‘Artículo 599. El demandado deberá formular la contestación refiriéndose a cada uno de los hechos aducidos por el actor, confesándolos o negándolos si son propios, o expresando los que ignore, por no serlo, o refiriéndolos como crea que tuvieron lugar. El silencio y las evasivas harán que se tengan por confesados o admitidos los hechos sobre los que no se suscitó controversia.’
"Por otra parte, y continuando con su actitud parcial, la responsable continuó dando contestación detallada a mis agravios, aduciendo, entre otras cosas, que mi esposa y el suscrito estuvimos presentes, proporcionamos antes sobre la propiedad al notario, dimos nuestros datos generales, sabíamos que íbamos a firmar un contrato de compraventa, etc., etc.; claro ¡fuimos a celebrar la compraventa, por eso estuvimos allí, y si firmamos, fue porque creíamos que realmente se nos iba a pagar, pero no fue así, indebidamente utilizaron nuestra firma, por el hecho de hacerla ante un notario público! como lo dice en su ya transcrita contestación el codemandado, Sr. Arriaga Vilchis: ‘el precio se pagó porque así lo estableció el notario público’.
"De otra forma ¿cómo se explica que ni Bancomer ni el codemandado Sr. Arriaga Vilchis, expresan la forma en que éste dispuso del crédito que aquél le dio; lo hizo por partes, de todo y en un solo momento; porqué, si ese crédito se iba realmente a destinar para el pago del precio, no se dio cheque nominativo, ya fuera al acreditado o al suscrito como vendedor? ¿porqué ninguno de los dos ofreció prueba alguna para acreditar el supuesto pago del precio? Por el contrario, Bancomer, a pesar de ser codemandado en el juicio natural, obstaculizó los informes que el Juez de la causa le ordenó rendir; todo esto consta en autos y ni el Juez natural ni la responsable lo tomaron en cuenta, no obstante estar obligados a ello, como lo establece el artículo 447 del mismo ordenamiento procesal civil y como oportunamente (en agravios) se exigió, con fundamento en la jurisprudencia sustentada por nuestra H. Suprema Corte de Justicia:
"‘CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES.-La conducta procesal de las partes es un dato objetivo de convicción para el juzgador, que debe tomarse en cuenta, sin que por ello se violen las garantías individuales.
- Secretario José Antonio Franco Vera
- Resultando
- Los Actores Fundaron Su Acción En Los Hechos Que A Continuación Se Escanean
- Al Oriente En Metros Con Propiedad De Pedro Tola
- Además Solicitó Se Llamara A Juicio A Bancomer Sociedad Anónima
- El Correlativo Es Cierto
- Yo El Notario Certifico Y Doy Fe
- Excepciones Y Defensas
- D La Derivada Del Artículo Del Código Civil Vigente En El Estado De México
- La Falta De Acción Y Derecho Para Demandar
- El Tercero Llamado A Juicio En Relación Con Los Hechos De La Demanda Manifestó Lo Siguiente
- Y Opuso Como Excepciones Y Defensas Las Siguientes
- Considerando
- El Artículo Ordena Que Tratándose De Inmuebles La Venta Será En Escritura Pública
- Argumentos Del Concepto De Violación
- Todo Esto Evidencia La Inexacta Aplicación Del Referido Artículo Por Parte De La Responsable
- El Mismo Considerando I De La Sentencia Reclamada En Cuya Foja La Responsable Expresó
- Pasando A Dar Contestación Detallada A Los Agravios Que Expresa El Recurrente
- En Dicha Escritura De Crédito En Su También Cláusula Segunda Se Estableció
- Fuente Del Concepto De Violación
- La Inexacta Aplicación De Los Artículos Fracción I Y
- C Jurisprudencias
- Volumen Lxvii Pág Ad Fernando Ortiz Trinker Cinco Votos
- Volumen Xxxviii Pág Ad Metodio De La Vega Martínez Unanimidad De Cuatro Votos
- Volumen Xlii Pág Ad Eduardo Gutiérrez Argello Cinco Votos
- Volumen Lxviii Pág Ad Luz García Lares Suc De Cinco Votos
- En Cuanto A Las Demás Posiciones El Absolvente Contestó
- B Del Código De Procedimientos Civiles Para El Mismo Estado De México
- Quintoson Fundados Los Conceptos De Violación
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve