AMPARO DIRECTO 583/2015. 18 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE MERCADO MEJÍA. SECRETARIA: DULCE GUADALUPE CANTO QUINTAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 583/2015. 18 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE MERCADO MEJÍA. SECRETARIA: DULCE GUADALUPE CANTO QUINTAL.

Fecha: 06-May-2016

C Los Saldos En Liquidación A Cargo De Cada Condómino

Así, el requisito enumerado con el inciso a), debe entenderse satisfecho cuando existe un signo gráfico que permite atribuir la autoría del documento al administrador, esto es, su firma o rúbrica con el carácter que ostenta, atento a que el verbo otorgar define la acción de 1. tr. Consentir, condescender o conceder algo que se pide o se pregunta; 2. tr. Hacer merced y gracia de algo; 3. tr. Der. Disponer, establecer, ofrecer, estipular o prometer algo. U. por lo común cuando interviene solemnemente la fe notarial.(42)

Definiciones con las que es dable concluir que el recibo de pago en el caso de lo establecido en este precepto implica el reconocimiento de su contenido, lo que se concreta mediante la firma de la persona que lo suscribe.