AMPARO DIRECTO 583/2015. 18 DE FEBRERO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE MERCADO MEJÍA. SECRETARIA: DULCE GUADALUPE CANTO QUINTAL.
Fecha: 06-May-2016
De Acuerdo Con Lo Anterior Conviene Destacar Las Siguientes Particularidades
El objeto de la oración normativa lo constituye el estado de liquidación de adeudos, intereses y pena convencional. En relación con este documento, es claro que contener en cantidad cierta, líquida y exigible los adeudos, esto en razón de que conforme a la naturaleza de título ejecutivo, es menester que los elementos que lo conforman demuestren que el derecho del actor está suficientemente probado para que se atienda; por tanto, se requiere que este documento contenga las cantidades ciertas en su existencia, determinadas en su importe y se advierta el plazo cumplido o vencido.
La disposición jurídica en análisis exige que ese estado de cuenta se haya estipulado por la asamblea general, significa que es la asamblea quien debe acordar o autorizar dicha liquidación en un documento, pues de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, de la Real Academia Española, vigésima segunda edición, tomo cinco, página seiscientos setenta y seis, "estipulación implica las disposiciones contenidas en un documento, en tanto que estipular significa el acto de convenir, acordar y concertar".
Además de lo anterior, ambas normas establecen que ese estado de cuenta debe estar suscrito por el administrador y el comité de vigilancia, lo que significa que ambos órganos del condominio deben intervenir conjuntamente para dar forma legal al estado de liquidación.
En este orden de ideas, es en la asamblea general o el reglamento del condominio, según el caso, debidamente certificado, en donde se deben establecer las cuotas que los condóminos deben cubrir; lo que evidencia, para el tema que nos ocupa, que la asamblea general tiene una doble función y en tiempos diversos, la primera, que previamente debe establecer la cantidad que cada condómino debe cubrir periódicamente; la segunda y con posterioridad, si existen condóminos morosos, es decir, los que no cubrieron tales cuotas, entonces, así deberá determinarlo y precisar qué cantidad o cantidades se adeudan y en qué concepto.
Máxime que es la asamblea de los condóminos el órgano supremo del condominio y sus resoluciones obligan a la totalidad de los que tienen derecho a asistir y votar en ella,(39) y es la única facultada para establecer las obligaciones a cargo de los condóminos, de acuerdo con el artículo 31, fracciones III, IX y XI, de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Quintana Roo, que dispone:
- Antecedentes
- Demanda
- Contestación
- Sentencia De Primera Instancia
- Sentencia De Segunda Instancia Acto Reclamado
- Los Razonamientos De La Sala Responsable Resultan Ser Los Siguientes
- Finalmente Los Recibos De Pago
- Bajo Este Tenor La Sala Estimó Que Los Documentos Exhibidos Por La Parte Apelante Consistentes En
- Estudio De La Acción Ejecutiva Civil
- Legislación Aplicable
- Presupuestos Procesales
- Al Respecto Ilustra La Opinión De Piero Calamandrei Expuesta En Su Obra Derecho Procesal Civil
- Acción Ejercida
- Constitución Del Régimen De Propiedad En Condominio
- Asamblea General De Condóminos De Diecisiete De Marzo De Dos Mil Cinco
- Acta De Asamblea General Ordinaria De Condóminos De Dieciséis De Mayo De Dos Mil Doce
- Conforme A Lo Antes Expuesto El Problema Jurídico A Dilucidar Se Presenta De La Siguiente Forma
- B Los Correspondientes Recibos De Pago
- De Acuerdo Con Lo Anterior Conviene Destacar Las Siguientes Particularidades
- Artículo La Asamblea De Condóminos Tendrá Las Siguientes Facultades
- Artículo Corresponderá Al Administrador
- C Los Saldos En Liquidación A Cargo De Cada Condómino
- A Estado De Cuenta
- Es Ilustrativa Al Caso Que Nos Ocupa La Tesis Vio C Que Enseguida Se Transcribe
- Asimismo Resulta Aplicable Al Caso La Tesis Vioc C Que Se Transcribe
- B Recibos De Pago
- Dichos Documentos Se Destacan En El Siguiente Cuadro
- C Acta De Asamblea
- I Efectos
- La Sala Responsable Deberá Dejar Insubsistente La Resolución Reclamada
- Dejar Sin Efecto La Resolución Reclamada
- Análisis De Fondo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- Ibid Págs A
- La Casa Propiedad De Por La Cantidad De
- Definición Del Diccionario De La Lengua Española De La Real Academia Española
- Foja